![]() |
|||||||||||||
| Novedades | Asociación ProCivita | Derecho Civil y Comercial | Comentarios | Home | |||||||||||||
Resumen de Sentencias: 3° Caso Nagnaghi3°) Sin embargo un nuevo fallo de la Sección 1ª, civil, de la Corte de Casación ha insistido sobre la posibilidad de reconocer la ciudadanía a los nacidos antes de 1948: "Por efecto de la sentencia de la Corte Constitucional n. 87 de 1975 (que había declarado constitucionalmente ilegítimo el artículo l0de la ley n. 555 de 1912 en la parte en la que prevé la pérdida de la ciudadanía italiana independientemente de la voluntad de la mujer) y n. 30 de 1983 (que ha declarado constitucionalmente ilegítimo el artículo 1 de la misma ley "en la parte en que no prevé que sea ciudadano por nacimiento también el hijo de madre ciudadana"), desde la fecha de entrada en vigor de la Constitución republicana (1º de enero de 1948) la titularidad de la ciudadanía italiana está reconocida también a las mujeres (que la habían perdido, en cuanto casada con ciudadano extranjero antes de tal fecha, y también a los hijos de madre ciudadana (que no la habían adquirido por haber nacido anteriormente al 1º de enero de 1948. (En la especie la Suprema Corte, en base al enunciado principio, ha declarado ciudadanos italianos a los tres hijos de una mujer que, nacida ciudadana italiana líbia, había perdido la ciudadanía a consecuencia del matrimonio contraído en 1944 con un ciudadano tunesino)". |
Ciudadanía Italiana
|
||||||||||||
| Estudio Guillen- Talcahuano 638, 1º P, Of. D, 2º Cuerpo (1013) Capital Federal Argentina - [54-11] 4372-1200 |
powered by DarkBlue CMS |
||||||||||||