![]() |
|||||||
| Novedades | Ciudadanía Italiana | Derecho Civil y Comercial | Comentarios | Home | |||||||
Juntemos peticionesLa Asociación Pro Civitas invita a todos los afectados por la discriminación legal contra los nacidos antes de 1948, a juntar peticiones enviandonos el formulario, que contine el petitorio al Parlamento Italiano de reforma de la Ley 91/92. La petición puede ser llenada por los afectados y por quienes ya sean ciudadanos italianos y quieran apoyar el proyecto. El suscripto, cuyos datos personales figuran al pié, descendiente de italianos, solicita a los honorables senadores y diputados la aprobación del proyecto de ley promovido por PRO CIVITAS con el fin de la modificación de la Ley del 5 de Febrero de 1992, Nª 91, de acuerdo al siguiente texto: Art. 1 1. Al art. 1, inc. 1, letra a de la ley del 5 de febrero de 1948 se agregan las siguientes palabras "...aún si ha nacido antes del 1º de enero de 1948". 2. Se agrega luego del art. 1, inc. 2, de la ley del 5 de febrero de 1992, Nº 91 el inciso 3, con el siguiente texto: "Se considera que ha sido siempre ciudadana italiana la mujer casada con ciudadano extranjero aún si el matrimonio fué celebrado antes del 1º de enero de 1948" 3. Se agrega a continuación del anterior el inciso 4, con el siguiente texto: "Los hijos, aún mayores de quien ha readquirido o podría readquirir la ciudadanía italiana, se convierten en ciudadanos con declaración emitida frente a la autoridad ministerial o consular". 1. Al art. 1, inc. 1, letra a de la ley del 5 de febrero de 1948 se agregan las siguientes palabras "...aún si ha nacido antes del 1º de enero de 1948". 2. Se agrega luego del art. 1, inc. 2, de la ley del 5 de febrero de 1992, Nº 91 el inciso 3, con el siguiente texto: "Se considera que ha sido siempre ciudadana italiana la mujer casada con ciudadano extranjero aún si el matrimonio fué celebrado antes del 1º de enero de 1948" 3. Se agrega a continuación del anterior el inciso 4, con el siguiente texto: "Los hijos, aún mayores de quien ha readquirido o podría readquirir la ciudadanía italiana, se convierten en ciudadanos con declaración emitida frente a la autoridad ministerial o consular". PROYECTO DE REFORMA DE LA LEY 91/92. 1. Al art. 1, inc. 1, letra a de la ley del 5 de febrero de 1948 se agregan las siguientes palabras "...aún si ha nacido antes del 1º de enero de 1948". 2. Se agrega luego del art. 1, inc. 2, de la ley del 5 de febrero de 1992, Nº 91 el inciso 3, con el siguiente texto: "Se considera que ha sido siempre ciudadana italiana la mujer casada con ciudadano extranjero aún si el matrimonio fué celebrado antes del 1º de enero de 1948" 3. Se agrega a continuación del anterior el inciso 4, con el siguiente texto: "Los hijos, aún mayores de quien ha readquirido o podría readquirir la ciudadanía italiana, se convierten en ciudadanos con declaración emitida frente a la autoridad ministerial o consular". Art. 2 1. La presente ley entra en vigencia el día siguiente a aquel de la pubblicación en la Gazzetta Ufficiale. NOME: COGNOME: DOMICILIO: CITTÀ: PAESE: C. ID.: E-MAIL: CIUD. ITAL. DOC: |
Asociación ProCivita
|
||||||
| Estudio Guillen- Talcahuano 638, 1º P, Of. D, 2º Cuerpo (1013) Capital Federal Argentina - [54-11] 4372-1200 |
powered by DarkBlue CMS |
||||||